Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0920/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-13

Carátula: BENITEZ JUAN RAMON C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S- DAÑOS Y PERJUICIOS S/ EXHORTO

Descripción: AUDIENCIA TESTIMONIAL CON SUPLETORIA

EXPTE. Nº 0920/2011

CARATULA: BENITEZ JUAN RAMON C/ LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES S- DAÑOS Y PERJUICIOS S/ EXHORTO

Viedma, diciembre de 2.011.-

Por presentado y constituido el domicilio. Agréguese el oficio acompañado.-

Sin perjuicio de la jurisdicción del juzgado, dése cumplimiento a la presente rogatoria. A los fines que el Sr. Armando David Hernández comparezca a prestar declaración testimonial, fíjase audiencia para el día 12 de marzo de 2012 a las 9,30 horas, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 19 de marzo de 2012 a la misma hora. El testigo deberá comparecer debidamente documentado. Notifíquese con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C. Pr..-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá reponer la suma de $ 4,50 por aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

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