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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41113
Fecha: 2011-12-13
Carátula: SOLIS Carlos Alberto S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: regulación
General Roca, 13 de diciembre de 2011.s-
Téngase presente la conformidad prestada por Rentas y por oblado el Impuesto de Justicia, Sellado de Actuación y contribuciones varias.-
Regulo, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Miguel Parra Segura en la suma de $ 1.700.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 850.- a cargo de la cónyuge supérstite.- Por tercer etapa regulo los honorarios del Dr. Miguel Parra Segura en $ 425.- y los del Dr. Manuel García Barro en $ 425.- a cargo de los herederos y al Dr. Miguel Parra Segura en la suma de $ 213.- y los del Dr. Manuel García Barro en $ 213.- a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. $ 34.000 .- arts. 6, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.
Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la cesión realizada po Carlos Ariel, Oscar Aldo y Gustavo Daniel, todos de apellido Solis a favor de Mercedes Luisa del Carmen Montt.-
Fecho, líbrese oficio al R.P.A. a fin de inscribir el automotor GIF -295 a favor de la cesionaria.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro