Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0919/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-12

Carátula: PORTEL RICARDO C/ TIERI DOMINGO JUDA S/ ORDINARIO

Descripción: VISTA DGR

EXPTE Nº 0919/2011

CARATULA: PORTEL RICARDO C/ TIERI DOMINGO JUDA S/ ORDINARIO

Viedma, diciembre de 2011.-

Por presentado, parte conforme el poder acompañado y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Previo a todo, no encontrándose aforado el boleto de compra-venta presentado y atento el pago efectuado en concepto de Impuesto de Justicia y Sellado de Actuación, córrase vista a la Dirección General de Rentas a los fines que estime corresponder.-

Atento que en la especie no se han acreditado con suficiente entidad los presupuestos necesarios para habilitar, en este estado procesal, la medida cautelar peticionada; ello teniendo en cuenta, en especial, la naturaleza y finalidad de la medida solicitada, a la misma no ha lugar (conf. arts. 195 y cc del C. Pr.).-

s. b. s.

Rosana Calvetti

Juez

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