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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0919/2011
Fecha: 2011-12-12
Carátula: PORTEL RICARDO C/ TIERI DOMINGO JUDA S/ ORDINARIO
Descripción: VISTA DGR
EXPTE Nº 0919/2011
CARATULA: PORTEL RICARDO C/ TIERI DOMINGO JUDA S/ ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2011.-
Por presentado, parte conforme el poder acompañado y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Previo a todo, no encontrándose aforado el boleto de compra-venta presentado y atento el pago efectuado en concepto de Impuesto de Justicia y Sellado de Actuación, córrase vista a la Dirección General de Rentas a los fines que estime corresponder.-
Atento que en la especie no se han acreditado con suficiente entidad los presupuestos necesarios para habilitar, en este estado procesal, la medida cautelar peticionada; ello teniendo en cuenta, en especial, la naturaleza y finalidad de la medida solicitada, a la misma no ha lugar (conf. arts. 195 y cc del C. Pr.).-
s. b. s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro