Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0390/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-12

Carátula: DE ABREU BLANCA ISABEL S/ HOMOLOGACION S/ INCIDENTE

Descripción: INCUMPLIMIENTO - INTIMA BAJO APERC. DE EMBARGO art. 648

EXPTE. Nº 0390/2007

AUTOS: DE ABREU BLANCA ISABEL S/ HOMOLOGACION S/ INCIDENTE

Viedma, diciembre de 2.011.-

Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 60 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase en cuanto ha lugar, por derecho en la suma de $ 2.789,04.-

Conforme lo peticionado, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 648 del C.Pr., intímase al demandado para que en el plazo de 5 días, dé cumplimiento con el pago del total adeudado, bajo apercibimiento de embargo. Notifíquese.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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