Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 29937IV

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-12

Carátula: FRICADER PATAGONIA S.A. S/ QUIEBRA

Descripción: A Cédula

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

PEDRO DAVID JUAREZ (Enajenador)

Chubut 740 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "FRICADER PATAGONIA S.A. S/ QUIEBRA” (Expte. N* 29937IV), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “//neral Roca, 05 de diciembre de 2011.- Atento haberse agregado los certificados de dominio de los inmuebles de la fallida, intímase a Sindicatura a que en el plazo de cinco días proceda a solicitar las medidas que crea pertinentes a fin de avanzar en la liquidación del activo pendiente de realización. Notifíquese por Secretaría.- Asimismo, líbrense mandamientos de constatación de los inmuebles de la fallida y que no fueron objeto de expropiación, los que serán diligenciados por el enajenador actuante.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 12 de diciembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Cr. HECTOR A. FRATTINI (Síndico) - Dr. Julio Valbuena

Tucumán 661, piso 4, of. 18 (constituído)

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "FRICADER PATAGONIA S.A. S/ QUIEBRA” (Expte. N* 29937IV), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “//neral Roca, 05 de diciembre de 2011.- Atento haberse agregado los certificados de dominio de los inmuebles de la fallida, intímase a Sindicatura a que en el plazo de cinco días proceda a solicitar las medidas que crea pertinentes a fin de avanzar en la liquidación del activo pendiente de realización. Notifíquese por Secretaría.- Asimismo, líbrense mandamientos de constatación de los inmuebles de la fallida y que no fueron objeto de expropiación, los que serán diligenciados por el enajenador actuante.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 12 de diciembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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