Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40959

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-12

Carátula: CALE Juan Carlos S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: Regulación

//neral Roca, 12 de diciembre de 2011.-j

Atento o solicitado la conformidad prestada por Rentas a fs. 59 y la transferencia efectuada a fs. 67, téngase por oblados el impuesto de justicia y sellado de actuación en los presentes.-

Cúmplase con las contribuciones dispuestas para el Colegio de Abogados y Sitrajur.-

Atento el estado de autos, regular los honorarios por las tres etapas del Dr. Roberto G. Joison en $ 370.- y de la Dra. María L. Joison en $ 370.- a cargo de los herederos (MB:$ 4.945,64).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 7, 8, 25 y 44 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro