Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40231

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-06

Carátula: AVELLA Vicente s-SUC. C/ VALLEE y ARBINET Juan Felipe S. y O. S/ USUCAPION

Descripción: Abre a Prueba-

//neral Roca, 06 de DICIEMBRE de 2011.=

Téngase por presentado, parte y con domicilio legal constituído al Defensor de Ausentes en representación de Juan Felipe y Mauricio Valleee y Arbinet y Juana María Clemencia Arbinet de Valle.-

Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por el Defensor Oficial de Ausentes.-

Atento el estado de autos, ábrase la causa a prueba por el término de CUARENTA DIAS. Notifíquese.-

Concédese a las partes el plazo de CINCO DIAS para ratificar y/o ampliar la prueba que hace al derecho de sus partes.-

Oportunamente, pasen los presentes al Despacho del Sr. Defensor Oficial de Ausentes Dr. Gayá.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro