Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0109/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2011-12-05

Carátula: PALMA ORLANDO RUBEN C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: ORLANDO RUBEN PALMA y Dr. Tomás A. Rébora

Domicilio: URQUIZA 476 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PALMA ORLANDO RUBEN C/PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ORDINARIO", Expte. Nº 0109/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, 30 de noviembre de 2.011.- ... RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 7/32 y condenar a la Provincia de Río Negro a pagar al Sr. Orlando Rubén Palma, en el plazo de 10 días, la suma de $ 40.414 en concepto de incapacidad sobreviniente, gastos médicos y daño moral y psicológico y de allí en más los intereses posteriores a la tasa activa hasta su efectivo pago, desestimándola en lo demás pedido.- II.- Imponer las costas a la demandada (conf. art. 68 CPCC).- III.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. Tomás Armando Rébora y Alina Luciana Valli, en conjunto, en la suma de $ 6.800 (coef. 12 % + 40 %), los del perito médico Dr. Esteban Jorge Pazos en la suma de $ 1.200 y los de la perito psicóloga Lic. María Eva Calpakchi en la suma de $ 1.200. MB: $ 40.414. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- IV.- Regular los honorarios profesionales por la incidencia de fs. 63 del Dr. Tomás Armando Rébora en la suma de $ 680 (coef. 10 % del 12 % + 40 %; MB: $ 40.414). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.- V.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2011.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

*05TXHO.2NRVZN*

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Poder Judicial de Río Negro