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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37041
Fecha: 2006-02-22
Carátula: CARRERA Luis Benigno c/FRUTOS DEL VALLE SRL S/ Ejecutivo
Descripción: a resolver regulacion
General Roca, 22 de febrero de 2.006.-
Proveyendo a fs. 98: Téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a fs. 88, 1* párrafo y pasen los presentes:AUTOS PARA RESOLVER.-
Proveyendo a fs. 101: De la liquidación practicada, traslado. Not.-
Al punto II: Agréguese.-
Regulo por sus actuaciones en autos, los honorarios del Dr. Horacio N. Pagliaricci en la suma de $ 97.- (M.B. $ 1.068,48. Se deja constancia que el M.B. surge de la diferencia del monto base de fs. 26 y la liquidación de intereses de fs. 100.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro