Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37041

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-22

Carátula: CARRERA Luis Benigno c/FRUTOS DEL VALLE SRL S/ Ejecutivo

Descripción: a resolver regulacion

General Roca, 22 de febrero de 2.006.-

Proveyendo a fs. 98: Téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a fs. 88, 1* párrafo y pasen los presentes:AUTOS PARA RESOLVER.-

Proveyendo a fs. 101: De la liquidación practicada, traslado. Not.-

Al punto II: Agréguese.-

Regulo por sus actuaciones en autos, los honorarios del Dr. Horacio N. Pagliaricci en la suma de $ 97.- (M.B. $ 1.068,48. Se deja constancia que el M.B. surge de la diferencia del monto base de fs. 26 y la liquidación de intereses de fs. 100.-).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro