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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40743
Fecha: 2011-12-05
Carátula: AROCA RETAMAL Mario Angel C/ AMAYA Gabriela S/ EJECUTIVO
Descripción: A RENTAS
//neral Roca, 05 de diciembre de 2011.-j
Atento el estado de autos y no existiendo fondos en los presentes, se interpreta que la liquidación practicada es a los fines de la liquidación de impuestos, sellados y contribuciones.-
En consecuencia, de la liquidación practicada, vista a Rentas.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro