Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0903/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-11-30

Carátula: MAZZEI DAVID MARCELO C/ LUCERO CARMELO ISIDORO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Descripción: previo

EXPTE Nº 0903/2011

CARATULA: MAZZEI DAVID MARCELO C/ LUCERO CARMELO ISIDORO S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Viedma, noviembre de 2011.-

Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese la documental presentada y resérvese en Secretaría la llave acompañada bajo el registro M-38/11.-

Previo a todo y atento que la certificación acompañada carece de validez legal por carecer de firma, devuélvase a su presentante. En consecuencia, acredítese en debida forma el inicio del beneficio de litigar sin gastos manifestado en el punto X del escrito de demanda, o en su caso, óblense los impuestos y sellados de ley.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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