Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40217

N° Receptoría:

Fecha: 2011-11-30

Carátula: PILQUIMAN Jose Eduardo C/ HERNANDEZ Jose Luis y Otra S/ ORDINARIO

Descripción: A CEDULAS

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "PILQUIMAN Jose Eduardo C/ HERNANDEZ Jose Luis y Otra S/ ORDINARIO” (Expte. N* 40217), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 23 de noviembre de 2011... Regulo los honorarios de los Dres.Gabriel H. Següino en $ 1.360.-, Alfredo Gustavo Tomé en $ 388.-, Tomás A. Rodriguez en $ 970.- y los del perito accidentólogo Mario Antonio Figueroa en $ 600.- (M.B. $ 9.687,14, arts. 6, 7, 8 , 38 y 39 ley 2212).- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 29 de noviembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

(3)

CEDULA DE NOTIFICACION

Sr. Mario Antonio FIGUEROA- Perito Accidentologico

Tira 7 casa 57- Barrio Don Fernando - Constituido

GENERAL ROCA

Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "PILQUIMAN Jose Eduardo C/ HERNANDEZ Jose Luis y Otra S/ ORDINARIO” (Expte. N* 40217), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 23 de noviembre de 2011... Regulo los honorarios de los Dres.Gabriel H. Següino en $ 1.360.-, Alfredo Gustavo Tomé en $ 388.-, Tomás A. Rodriguez en $ 970.- y los del perito accidentólogo Mario Antonio Figueroa en $ 600.- (M.B. $ 9.687,14, arts. 6, 7, 8 , 38 y 39 ley 2212).- Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Gral.Roca, 29 de noviembre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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