Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0651/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2011-11-24

Carátula: SECO LOPEZ JOSE S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: Dr. MARIO SALVADOR CÁCCAMO

Domicilio: CEFERINO NAMUNCURÁ Nº 104 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SECO LOPEZ JOSE C/ S/SUCESION AB INTESTATO", Expte. Nº 0651/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, noviembre 24 de 2.011.- Encontrándose las actuaciones retiradas por el Dr. Mario Salvador Cáccamo, fórmese media carátula e intímese para que en plazo de 48 horas devuelva las mismas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 128 del C. Pr.. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de noviembre de 2011.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.7LZBA4*

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Poder Judicial de Río Negro