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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40847
Fecha: 2011-11-24
Carátula: AIMO Liliana del Carmen S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: declaratoria
General Roca, 24 de noviembre de 2011.s-.-
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: “AIMO LILIANA DEL CARMEN S/SUCESION" (40.847-III-11).-
CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de Liliana del Carmen Aimo, ocurrido el día 30 de julio de 1998 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 3.-
La causante era de estado civil casada con Roberto Omar Ferroni, acto celebrado el 24 de abril de 1969 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 4.-
De dicha unión nacieron:
FAUSTO: Nacido el 1 de octubre de 1974 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 5.-
FACUNDO ANTONIO: Nacido el 26 de abril de 1971 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 6-
YANINA: Nacida el 24 de julio de 1972 en General Roca, Río Negro, según constancia de fs. 7.-
A fs. 23 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-
A fs. 26 y 27 obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos de los que surge que a nombre de la causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-
A fs. 29/38, lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la correspondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por los arts. 3565 y 3570 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho que por fallecimiento de Liliana del Carmen Aimo, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos FAUSTO, FACUNDO ANTONIO y YANINA de apellidos Ferroni Aimo, sin perjuicio de los derechos que por ley corresponden a su cónyuge supérstite Roberto Omar Ferroni , sobre los bienes gananciales y los propios si hubiere.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro