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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37215
Fecha: 2011-11-23
Carátula: TARJETA AUTOMATICA S.A. C/ FAJARDO Cristian S/ EJECUTIVO
Descripción: Aprueba y A CHEQUE
//neral Roca, 23 de noviembre de 2011.-j
Al punto 1, estando vencido el traslado conferido a fs. 139 vta., apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 138/9 por las sumas de $1.517,55 por capital, de $937,17 por gastos y por $232,92 por honorarios, al 21/10/11.-
Se deja constancia que se ha corregido un error en el monto de capital original según la sentencia de fs. 21.-
Al punto 2, agréguese.-
Al punto 3, líbrese cheque a la orden de CLAUDIA I. SESTAN (DNI 18.099.903) por la suma de $22,04 en concepto de: a cuenta de la liquidación aprobada precedentemente (capital) (Cuenta Nro. 126684608).-
Al punto 4, téngase presente la caución ofrecida.-
Al punto 5, líbrese nuevo oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el embargo trabado oportunamente sobre los sueldos del demandado en el porcentaje de ley y hasta cubrir la suma de $ 2.665,60 en concepto de capital con más la de $1.300.- que se presupuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia SA, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-
El monto del capital de embargo surge de la sumatoria de las planillas aprobadas precedentemente menos el cheque ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro