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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39452
Fecha: 2011-11-23
Carátula: PRATI Sandra y otro C/ CYMPSA AGRICOLA S.A. S/ DIVISION DE CONDOMINIO (Ordinario)
Descripción: REGULA
//neral Roca, 23 de NOVIEMBRE de 2.011.=
Previo a lo peticionado, regulo los honorarios de la Dra. Margot E. Perez Bambill en la suma de $ 23.450.- los del Dr. Sergio Santiago Espul en la suma de $ 23.450.- (M.B. 258.000.-, 50 % de $ 516.000.- valor del interés comprometido en la causa, arts. 6, 7, 8, 38 y 39 L.A. 2212.-) tomando dos etapas del juicio.-
Regulo los honorarios del perito agrimensor Jorge H. Osacar en la suma de $ 6.000 .- y los del perito tasador Horacio Prosetto en la suma de $ 5.160.- (art.28 inc.a) ley 2051).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Previo a designar a la escribana Alba Moreira, manifieste el presentante si delegará en la misma la facultad de requerir las condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones como asimismo los libre deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro