Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41027

N° Receptoría:

Fecha: 2011-11-21

Carátula: GONZALEZ Sulema Tomasa C/ FARIAS Jorge S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Descripción: contesta demanda-Agrega-a DEFENSORA

agrega oficio y cedulas de CERVANTES

//neral Roca, 21 de NOVIEMBRE de 2011.=

Proveyendo el escrito de fs. 40, téngase por contestado en tiempo y forma por la actora, el traslado conferido a fs. 36, 3er. párrafo.

Al punto III, estése a las constancias de fs. 45.

Proveyendo el escrito de fs. 45, por presentado, parte y con domicilio.

Cúmplase con el art. 8 de la ley 4132.

Téngase por contestada la demanda en legal tiempo y forma por Gustavo Reyes Gonzalez.

De la documental adjuntada, traslado. Notifíquese.

Pasen los presentes a la Defensora Oficial.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro