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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0327/2005
Fecha: 2006-02-20
Carátula: MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE C/ GANIM ERNESTO EDGARDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: AUTORIZACION PARA COMPENSAR SEÑA (INMUEBLE)
EXPTE. N° 0327/2005
CARATULA: MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE C/ GANIM ERNESTO EDGARDO S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, febrero de 2.006.-
Conforme lo manifestado y peticionado, publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario Noticias de la Costa.-
Atento lo solicitado, el estado de autos, lo que surge de la sentencia de fs. 20 y el informe de dominio y gravámenes de fs. 49 vta., hágase saber al martillero designado en autos que en caso de resultar comprador en la subasta la acreedora ejecutante, Municipalidad de San Antonio Oeste, la misma se encuentra eximida del pago de la seña correspondiente. Notifíquese y hágase entrega al peticionante de copia certificada de la presente.-
En cuanto a la solicitud de compensación, hágase saber al solicitante que la misma será efectiva en la oportunidad en que deba ser abonado el saldo de precio de la subasta, conforme lo dispuesto en el art. 580 del Código Procesal Civil y Comercial, de acuerdo a lo previsto por los arts. 818 y sgtes. del Código Civil, y con las directivas -en su caso- de los arts. 218, 590 y 591 del Código Procesal Civil y Comercial.-
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro