Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0245/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-11-18

Carátula: GARCIA POLONIO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DECLARATORIA: AMPLIACION

Viedma, noviembre de 2.011.-

Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado a fs. 59 de estos autos caratulados: "GARCIA POLONIO S/ SUCESION AB INTESTATO" Expediente Nº 0245/2010;

Y CONSIDERANDO:

Que a fs. 59 se presenta Polonio Higinio García, a los fines de hacer valer sus derechos en la presente causa.-

Que con el Testimonio obrante a fs. 58 se acredita el nacimiento del hijo del causante, Higinio Polonio García, nacido en General Eustaquio Frias (Río Negro), el día 31 de mayo de 1951.-

Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 63, la Fiscalía de Estado a fs. 60 vta. y lo dispuesto por los arts. 3565 y concordantes del Código Civil.-

RESUELVO:

1.- Ampliar la declaratoria de herederos obrante a fs. 54, registrada bajo Auto Interlocutorio n° 381 folio nº 444 de fecha 30 de mayo de 2011, y declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de don Polonio García le sucede en el carácter de universal heredero su hijo: Polonio Higinio García.-

2.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-

3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-

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