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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0245/2010
Fecha: 2011-11-18
Carátula: GARCIA POLONIO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: DECLARATORIA: AMPLIACION
Viedma, noviembre de 2.011.-
Y VISTOS: El pedido de declaratoria de herederos formulado a fs. 59 de estos autos caratulados: "GARCIA POLONIO S/ SUCESION AB INTESTATO" Expediente Nº 0245/2010;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 59 se presenta Polonio Higinio García, a los fines de hacer valer sus derechos en la presente causa.-
Que con el Testimonio obrante a fs. 58 se acredita el nacimiento del hijo del causante, Higinio Polonio García, nacido en General Eustaquio Frias (Río Negro), el día 31 de mayo de 1951.-
Por ello y teniendo en cuenta la conformidad manifestada por el Ministerio Público Fiscal a fs. 63, la Fiscalía de Estado a fs. 60 vta. y lo dispuesto por los arts. 3565 y concordantes del Código Civil.-
RESUELVO:
1.- Ampliar la declaratoria de herederos obrante a fs. 54, registrada bajo Auto Interlocutorio n° 381 folio nº 444 de fecha 30 de mayo de 2011, y declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de don Polonio García le sucede en el carácter de universal heredero su hijo: Polonio Higinio García.-
2.- Cése la intervención de la Fiscalía de Estado y del Agente Fiscal.-
3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro