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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0696/2011
Fecha: 2011-11-18
Carátula: ADRIAN MARGARIDE S.A. C/ COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION, RURALES LIBERTAD OBRERA S/ EJECUTIVO
Descripción: embargo
EXPTE. Nº 0696/2011
CARATULA: ADRIAN MARGARIDE S.A. C/ COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION, RURALES LIBERTAD OBRERA S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2.011.-
Atento lo peticionado, trábese embargo sobre los inmuebles inscripto en la matrícula 18-15680, 18-15681 y 18-15682, por la suma de $ 45.947 en concepto de capital de sentencia incluidos los honorarios, con más la suma de $ 4.600 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, siempre y cuando se encuentre a nombre de la demandada Cooperativa de Trabajo de la Construcción Rurales Libertad Obrera. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, tiénese presente las personas autorizadas a diligenciarlo.-
Atento las razones expuestas, constancias de la causa y lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero en pesos o en moneda extranjera que la accionada tenga a percibir con motivo de la compraventa inmobiliaria o cualquier otro negocio jurídico que pretenda realizar sobre los inmuebles inscriptos en la matrícula: 18-15680, 18-15681 y 18-15682 -siempre y cuando pertenezcan a la Cooperativa de Trabajo de la Construcción Rurales Libertad Obrera-, hasta cubrir la suma de $ 45.947 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 4.600 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio.-
A tal fin, líbrese oficio al Registro Notarial nº 85 de Viedma a cargo del sr. Rodolfo Antonio Santander, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
En consecuencia, acredítese la insuficiencia de las medidas dispuestas precedentemente y se proveerá.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro