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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41424
Fecha: 2011-11-17
Carátula: ITURRA GONZALEZ Dionel del Carmen S/ AMPARO (Salud Pública RN)
Descripción: INICIO Oficio al IPROSS Nota
En la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, siendo las 11,00 hs. del día 17 de noviembre de 2011, comparecen ante mi Secretaria Autorizante la Sra. MERCEDES DEL CARMEN BARRIENTOS PEÑA, D.N.I. N° 92.493.214, que exhibe en el acto, chilena, casada, con domicilio real en Venezuela 861 de General Roca, quien manifiesta que viene a presentar acción de amparo contra SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO en razón que su esposo Sr. DIONEL DEL CARMEN ITURRA GONZALEZ , D.N.I. N° 18.702.709, de 63 años de edad, hace mas de un mes y medio sufrió un accidente cerebro vascular, por lo cual fue atendido por el Dr. Salvador Pilafis, derivado del Hospital de General Roca, luego de realizado el estudio correspondiente, el médico tratante solicitó la provisión de un STENT CAROTIDEO DE 8 mm x 60 mm autoexpandible de rápido cambio, que desde el 20 de octubre de 2011, solicitó la provisión a Salud Pública y aún no ha sido provista, lo cual acarrea consecuencias en la salud del paciente, que padece perdida de visión y muchos mareos.- Que solicitados dichos elementos a Viedma siempre le responden que va el expediente de una oficina a otra y aún no ha sido provista.- Ello genera riesgos en la salud de su esposo, pues la demora acrecienta las consecuencias negativas.- En conclusión peticiona a mérito de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial se ordene a SALUD PÚBLICA a proveer el material necesario para llevar a cabo la intervención quirúrgica con caracter de urgente.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 17 de noviembre de 2011.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-
En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-
En consecuencia líbrese oficio con adjunción de copia del acta y documentación.-
Notifíquese por cedula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro, con entrega de copias del acta.- CÚMPLASE POR SECRETARIA.-
SALUD PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si el paciente DIONEL DEL CARMEN ITURRA GONZALEZ, D.N.I. N° 18.702.709, fue atendido en el Hospital de General Roca, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-
2.- Si fue derivado para su atención al Dr. Salvador Pilafis.-
3.- En su caso si hay antecedentes en el Hospital de General Roca del resultado de dicha derivación.-
4.- Si hay antecedentes que su esposa ha gestionado la provisión de un STENT CAROTIDEO de 8 mm x 60mm autoexpandible de rápido cambio.
5.- Si la misma fue solicitada con carácter de urgente.-
6.- En su caso, estado del trámite para la provisión de dicho elemento.-
7.- Si hay antecedentes de las consecuencias que puede padecer el paciente en caso de demora en la provisión de dicho elemento.-
Asimismo líbrese oficio al Dr. SALVADOR PILAFIS a fin de que informe:
1.- Si atiende al paciente DIONEL DEL CARMEN ITURRA GONZALEZ, D.N.I. N° 18.702.709, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-
2.- Si el mismo fue derivado por el Hospital de General Roca.-
3.- Si ha requerido la provisión de un STENT CAROTIDEO de 8 mm x 60mm autoexpandible de rápido cambio.-
4.- Si la misma fue solicitada con carácter de urgente.-
5.- Consecuencias que puede padecer el paciente en caso de demora en la provisión de dicho elemento.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 17 de noviembre de 2011.-
SALUD PUBLICA RIO NEGRO
GENERAL ROCA
Oficio Nro. 2926
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ITURRA GONZALEZ Dionel del Carmen S/ AMPARO (Salud Pública RN)" (Expte. 41424) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en Avda. Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs., 1.- Si el paciente DIONEL DEL CARMEN ITURRA GONZALEZ, D.N.I. N° 18.702.709, fue atendido en el Hospital de General Roca, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-
2.- Si fue derivado para su atención al Dr. Salvador Pilafis.-
3.- En su caso si hay antecedentes en el Hospital de General Roca del resultado de dicha derivación.-
4.- Si hay antecedentes que su esposa ha gestionado la provisión de un STENT CAROTIDEO de 8 mm x 60mm autoexpandible de rápido cambio.
5.- Si la misma fue solicitada con carácter de urgente.-
6.- En su caso, estado del trámite para la provisión de dicho elemento.-
7.- Si hay antecedentes de las consecuencias que puede padecer el paciente en caso de demora en la provisión de dicho elemento.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 17 de Noviembre de 2011.- ... líbrese oficio al Dr. Salvador Pilafis ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 17 de noviembre de 2011.-
Dr. SALVADOR PILAFIS
GENERAL ROCA
Oficio Nro. 2925
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "ITURRA GONZALEZ Dionel del Carmen S/ AMPARO (Salud Pública RN)" (Expte. 41424) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en Avda. Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs., 1) Si atiende al paciente DIONEL DEL CARMEN ITURRA GONZALEZ, D.N.I. N° 18.702.709, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-
2.- Si el mismo fue derivado por el Hospital de General Roca.-
3.- Si ha requerido la provisión de un STENT CAROTIDEO de 8 mm x 60mm autoexpandible de rápido cambio.-
4.- Si la misma fue solicitada con carácter de urgente.-
5.- Consecuencias que puede padecer el paciente en caso de demora en la provisión de dicho elemento.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 17 de Noviembre de 2011.- ... líbrese oficio al Dr. Salvador Pilafis ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
Se agrega constancia de envío de oficio 2926 por fax.-
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Poder Judicial de Río Negro