Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0631/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2011-11-15

Carátula: RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO

Descripción: revocatoria con apelación en subsidio-traslado - actora apela honorarios

EXPTE. No. 0631/2005

CARATULA: RIVA POSSE CLARA ALDONA C/ REUSSI BRAGA CARLOS S/ SUMARIO

Viedma, noviembre de 2011.-

Proveyendo a fs. 296/298:

Por interpuesta revocatoria, con apelación en subsidio, contra la providencia de fs. 295. Córrase traslado a la contraria por el término de ley.-

Al escrito de fs. 299/301:

Por interpuesto recurso de apelación. Concédase con los alcances del art. 244 del C.Pr..-

De la fundamentación, córrase traslado a la contraria por el término de ley.-

Notifíquese a la Caja Forense la regulación efectuada a fs. 295.-

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