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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0455/2010
Fecha: 2011-11-14
Carátula: CALVO ELIO ROGELIO Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0455/2010
CARATULA: CALVO ELIO ROGELIO Y OTRO C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, noviembre de 2.011.-
Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría el expediente administrativo Nº 2476/2006.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma.-
De la documental presentada y del allanamiento parcial formulado, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese, eximiéndose a la parte de acompañar copia del expediente administrativo (art. 122 C.Pr.), haciendo saber que el mencionado se encuentra a disposición de la parte actora para su consulta y observación.-
Tiénese presente la reserva del caso federal formulada.-
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Rosana Calvetti
Juez
En igual fecha he procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro C-253/11. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro