Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33832IV

N° Receptoría:

Fecha: 2006-02-20

Carátula: GRISANCICH Celestino y O. c/LA BALSA SRL y O. S/ Sumario

Descripción: clausura termirno probatorio.-

//neral Roca, 20 de Febrero de 2006.-

En atención a lo solicitado y encontrandose vencido el traslado conferido a fs. 241 in fine, decrétase la negligencia de la prueba pendiente de producción (Parte demandada La Balsa SRL Confesional de los actorres, Informativa a Aseguradora Protección y Destacamento de Tránsito y de Orlando Pandeani Confesiosnal de los actores e Informativa al Destacamenteo de Tránsito), la que no podrá ser producida en esta instancia.- Consecuentemente, clausúrase el término probatorio.-NOT.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro