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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38559
Fecha: 2011-11-11
Carátula: BARRIONUEVO Maclovia S/ PROCESO SUCESORIO (Ex 1321-XI-02)
Descripción: REGULA
//neral Roca, 11 de NOVIEMBRE de 2.011.=
Proveyendo el escrito de fs. 111, agréguese.
Proveyendo el escrito de fs. 112, téngase presente la conformidad de Rentas y por oblados el impuesto de justicia, sellados y contribuciones.
Por la primera y segunda etapa regulo los honorarios del Dr. Flavio Arnaldo Vejar en la suma de $ 4.000 .-, a cargo de los herederos. Por parte de la tercera segunda regulo los honorarios del Dr. Horacio Alberto Camarero (fs. 21), regulo los honorarios en la suma de $ 200 .- a cargo de los herederos (M.B. $ 42.314,86.- arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Previo a la regulación por la tercera etapa, acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones actualizadas como asimismo libre deudas de la Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro