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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00415-048-11
Fecha: 2011-11-10
Carátula: ASOCIACION CIVIL ARBOL DE PIE / MEDIN NORBERTO MARIANO Y OTROS S/ AMPARO
Descripción: proveer la prueba
Expediente Nro.00415-048-11
San Carlos de Bariloche, 10 de noviembre de 2011
Téngase presente la renuncia efectuada, y la notificación en el "otro sí digo". Hágase saber la susbsistencia del domicilio a los efectos legales (conf. art. 42 CPCC).
Proveyendo la prueba ofrecida en autos:
ACTORA: (fs.75/76)
Instrumental: Téngase presente la prueba agregada a fs. 1/53.
Testimonial: (fs. 76). Cítese en forma personal o por cédula a la audiencia (conf. art. 431 y cc del C.P.C.C.), para el día 1° de diciembre de 2011,para los siguientes testigos propuestos: Ana Cendoya , a las 9.hs.; ing. Pablo De brito, a las 9,30 hs.; para Jorge Bazan , a las 10 hs.; para Patricia Pinto a las 10,30hs, sra. Graciela Antolin, a las 11,30 hs y Lidia Kiernan a las 12 hs., quienes deberán comparecer munidos de su DNI., bajo apercibimiento, en caso de inasistencia injustificada, de fijar una segunda audiencia supletoria a la que se los hará comparecer por medio de la fuerza pública y se les impondrá una multa de $ 200, la que será destinada a la biblioteca de la jurisdicción. Notifíquese, con transcripción del ap. 3ro. del art. 431 del C.P.C.C. -
Confesional: Cítese a absolver posiciones, a los demandados, para el día 2 de diciembre del cte. año, al sr. Norberto Mariano Medin a las 9 horas, Marcelo Alejandro Izquierdo a las 9,30 horas, Diego Maissonave a las 10, Estela Arias a las 10,30 y al sr. Intendente de Bariloche, líbrese el oficio correspondiente (art. 407 CPCC). a tenor del pliego que se acompañará oportunamente y se abrirá en el momento de la audiencia, bajo apercibimiento de lo previsto en el art. 417 del CPCC. Notifíquese.
Inspección Ocular: oportunamente.
Oficiatoria: (fs.75). Líbrense los oficios solicitados a su cargo.
Pericial: No existiendo peritos en medio ambiente en la lista obrante en la Cámara, en razón de la especificidad del tema, proponga el oferente de la prueba un perito de la especialidad y se proveerá.
DEMANDADA (fs 171 vta/172)
Instrumental: Téngase presente la prueba agregada a fs. 145/166 a la audiencia (conf. art. 431 y cc del C.P.C.C.), para el día ......de .....
Oficiatoria: (fs. 172), Líbrense los oficios solicitados a su cargo.
EDGARDO JORGE CAMPERI
Presidente
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Poder Judicial de Río Negro