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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0448/2010
Fecha: 2011-11-08
Carátula: AGUIRRE JUANA Y HERRERO HUGO ANDRES S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: SE TIENESE POR OBLADOS LOS SELLADOS DE LEY
EXPTE. Nº 0448/2010
CARATULA: AGUIRRE JUANA Y HERRERO HUGO ANDRES S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, noviembre de 2.011.-
Por evacuada la vista conferida a la Dirección General de Rentas.-
Advirtiendo que en la nueva liquidación practicada no se han tenido en cuenta los pagos efectuados a fs. 1 y a fs. 58, como sí figura en la obrante a fs. 72, tiénese por oblados los sellados de ley, debiendo estarse a la reposición y al cumplimiento de la ley 869 conforme lo dispuesto a fs. 69.-
A P
Ana Carolina Scoccia
Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro