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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40009
Fecha: 2011-11-08
Carátula: ZUBIRI Marta y DÁGNILLO Sergio C/ VEGA Eugenio Segundo S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: regulación
General Roca, 08 de noviembre de 2011.s-
Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 19 por la suma de $ 228,55 al 13.08.2011.-
Atento el estado de autos, regulo por acrecidos, los honorarios del Dr. Sergio Carlos Dagnillo en la suma de $100 y los de la Dra. Marta Zubiri en $ 100.- (M.B. $ 1.228,55.- capital fs. 13 más liquidación fs. 19)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 8 y 41 ley 2212 R.N.).
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro