Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 25610/11

N° Receptoría:

Fecha: 2011-11-03

Carátula: BLANCO, ANDREA S/ AMPARO (Originarias)

Descripción: Rechazo "In Limine"

Expte.N* 25610/11-STJ-

///MA, 3 de noviembre de 2011.-

-----Por presentada, parte en el carácter invocado y por constituido domicilio legal.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Siendo la cuestión planteada - reeincoporación por sanción disciplimaria en sede escolar- ineherente al trámite administrativo denunciado que tramita por ante la Supervisión de Nivel Medio de Consejo Provincial de Educación, no habiéndose agotado la vía administrativa, recházase “in limine” la acción intentada. Ha dicho reiteradamente este Tribunal que:"La posibilidad de rechazar "in limine" la demanda de amparo debe ser mantenida, a pesar de la reciente reforma constitucional producida en 1994, si de conformidad con las pretensiones del peticionario sería preciso someter la controversia a un debate más amplio, otorgando a ambas partes la posibilidad de argumentar acabadamente respecto de su posición en el conflicto, y eventualmente producir prueba a su favor (Cf. CNac. Civ. Cap. Fed., Sala A, in re: "Cardozo, A. c/Municipalidad de Buenos Aires", del 02-07-96; y "Bravo, S. B. c/Munic. de Buenos Aires, del 19-03-96) . STJRNCO: SE. <47/00> "A., M. A. S/AMPARO-PROHIBIMUS", (Expte. Nº 14977/00 -STJ-).- -----Cabe exigir la demostración de la carencia de otras vías o procedimientos aptos para solucionar el conflicto, y, en su caso, su ineficacia para contrarrestar el daño concreto y grave, pues el amparo es un remedio excepcional que no tiene por objeto obviar los trámites legales ni alterar las jurisdicciones vigentes (cf. CSJN., J. 63 XXII, “Juárez, R. Faustino y otro c/Mrio. de Trabajo y Seguridad Social (Direc. Nac. de Asoc. Sindicales) s/acción de amparo”, 10-04-90, T. 313, P. 433).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ------Notifíquese por cédula.- - - - - - - - - - - - - - - -----Fecho. Archívense las presentes actuaciones.- - - - - - --

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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