include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0949/2010
Fecha: 2011-11-02
Carátula: CARABAJAL ROSA AMELIA C/ NEIRA RAMON JOSE MARIA S/ USUCAPION
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C E D U L A
Señor: ROSA AMELIA CARABAJAL y Dr. Miguel Galindo Roldán
Domicilio: MITRE 97 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CARABAJAL ROSA AMELIA C/NEIRA RAMON JOSE MARIA S/USUCAPION", Expte. Nº 0949/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, octubre 28 de 2.011.- Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 129, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber: PRUEBA ACTORA DOCUMENTAL: Tiénese presente.- INFORMATIVA: Líbrese oficio a: 1) Municipalidad de San Antonio Oeste, para que informe: a) si respecto del inmueble DC 17-1C-177-18A sito en Mitre 451 de San Antonio Oeste se encuentran pagas las tasas retributivas de servicios públicos; b) persona que abona dichas tasas en la actualidad; c) a nombre de quien se emiten las facturas de tasa municipales y d) si los recibos y liquidaciones de deuda adjuntas son auténticas, desglosándolos de autos. 2) Dirección General de Rentas, Delegación San Antonio Oeste, para que informe: a) si respecto del inmueble DC 17-1C-177-18A, sito en Mitre 451 de San Antonio Oeste, se encuentra pago el impuesto inmobiliario; b) persona/s que abona/n dicho tributo en la actualidad; c) a nombre de quien se emiten las facturas; d) si los recibos y planes de pago adjuntos son autenticados, desglosándolos de autos. 3) Aguas Rionegrinas S.A., oficina San Antonio Oeste, para que informe: a) si respecto del inmueble DC 17-1C-177-18A, sito en Mitre 451 de San Antonio Oeste se abona el servicio de agua potable; b) nombre de la persona que abona el servicio; si los recibos y facturas que se adjuntan son auténticas, desglosándolos de autos. 4) Camuzzi Gas del Sur S.A., Oficina San Antonio Oeste, para que informe en igual sentido que el anterior. 5) EDERSA, Oficina San Antonio Oeste, para que informe en igual sentido que el anterior. INSPECCION OCULAR: Se realizará inspección ocular por medio del Juzgado de Paz de San Antonio Oeste, tendiente a constatar si en el inmueble existen mejoras, describiéndolas, persona que efectuó dichas mejoras y la antigüedad aproximada de ellas. Líbrese oficio al Juzgado de Paz de San Antonio Oeste.- Atento lo peticionado, fíjase primera audiencia a los fines de recepcionar la declaración testimonial de los sres. Mariela Quiroga; Maira Fazciolo; Liliana Espiase; Fabiana Alfamendi y Daniel Almada para el día 10 de noviembre de 2011 a las 10:30 horas. Notifíquese.- PRUEBA DEMANDADA INSPECCION OCULAR: Estése a lo proveído a la Parte Actora.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2011.-
*05TXHO.2432UQ*
<*****>
Poder Judicial de Río Negro