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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0811/2011
Fecha: 2011-11-01
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ VOLPONI SERGIO FABIAN S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA
Descripción: INICIA P.V.E. OTRA LOCALIDAD
EXPTE. N° 0811/2011
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ VOLPONI SERGIO FABIAN S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA
Viedma, noviembre de 2011.-
Por iniciadas medidas preparatorias de la vía ejecutiva.-
A los fines del reconocimiento de la firma obrante al pie del documento que en copia luce a fs. 4 (original en Secretaría) y en su caso reconozca la deuda que se reclama, líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de San Antonio Oeste, quien deberá proceder fijar audiencia a esos fines, previa citación en legal forma, bajo apercibimiento de tenerle por reconocida la firma al demandado, Sr. Sergio Fabián Volponi en caso de no comparecer personalmente o no probar justa causa de inasistencia, conforme lo establecido por el art. 526 del C.P.C.C.. Adjúntese al oficio ordenado el correspondiente documento.-
Previo deberá oblar la suma de $ 10 por impuesto de justicia, $ 3,00 por sellado de actuación y $ 19,40 por cada aporte a Sitrajur y Colegio de Abogados.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro