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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0094/2010
Fecha: 2011-10-31
Carátula: JOFRE JUANA S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REGULACION DE HONOR. BIEN GANANCIAL - 1 BIEN
EXPTE. N° 0094/2010
CARATULA: JOFRE JUANA S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, octubre de 2011.-
Atento lo peticionado a fs. 120, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Conrado Linares en la suma de $ 4.455 (coef. 1/3 del 11 % del 50 % + 50 % y 80% 1/3 del 11 % del 50 % + 50 % ) y los del Dr. Omar Cirilo Dantagnan en la suma de $ 2.970 (coef. 20 % de 1/3 del 11 % del 50 % + 50 % y 1/3 del 11 % del 50 % + 50 %) por los trabajos comunes e incluidas las tareas correspondientes a la respectiva inscripción (MB: $ 89.992,86 -valuación fiscal de fs. 97- (arts. 8, 10 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro