Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0094/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-31

Carátula: JOFRE JUANA S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: REGULACION DE HONOR. BIEN GANANCIAL - 1 BIEN

EXPTE. N° 0094/2010

CARATULA: JOFRE JUANA S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, octubre de 2011.-

Atento lo peticionado a fs. 120, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales del Dr. Conrado Linares en la suma de $ 4.455 (coef. 1/3 del 11 % del 50 % + 50 % y 80% 1/3 del 11 % del 50 % + 50 % ) y los del Dr. Omar Cirilo Dantagnan en la suma de $ 2.970 (coef. 20 % de 1/3 del 11 % del 50 % + 50 % y 1/3 del 11 % del 50 % + 50 %) por los trabajos comunes e incluidas las tareas correspondientes a la respectiva inscripción (MB: $ 89.992,86 -valuación fiscal de fs. 97- (arts. 8, 10 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro