Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0619/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-31

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CHAGALLO MARGARITA ROSA S/ EJECUTIVO

Descripción: NOT. LEY 869 EPXTE. ARCHIVO intima profesional

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

C É D U L A

Señor: Dra. Paula Fredes

Domicilio: Mitre 221 (Constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CREDIL S.R.L. C/CHAGALLO MARGARITA ROSA S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0619/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, mayo de 2.011.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a la profesional interviniente a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-

Viedma, de octubre de 2011.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

*05TXHO.4M38N4*

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro