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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0619/2008
Fecha: 2011-10-31
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ CHAGALLO MARGARITA ROSA S/ EJECUTIVO
Descripción: NOT. LEY 869 EPXTE. ARCHIVO intima profesional
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
C É D U L A
Señor: Dra. Paula Fredes
Domicilio: Mitre 221 (Constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CREDIL S.R.L. C/CHAGALLO MARGARITA ROSA S/EJECUTIVO", Expte. Nº 0619/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, mayo de 2.011.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a la profesional interviniente a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Viedma, de octubre de 2011.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
*05TXHO.4M38N4*
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Poder Judicial de Río Negro