Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0451/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-28

Carátula: AGUINAGA ARMANDO RAUL C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Descripción: PROVEE PRUEBA - AUD. 368 C.Pr. OPORTUNAMENTE

EXPTE. Nº 0451/2011

AUTOS: AGUINAGA ARMANDO RAUL C/ MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO OESTE S/ COBRO DE PESOS (Ordinario)

Viedma, octubre de 2.011.-

Tiénese presente y sigan los autos según su estado.-

En su mérito y atento al estado de autos, lo peticionado en el escrito a despacho, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 35, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA (Aguinaga)

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA: De conformidad con lo dispuesto en el art. 388 del C. Pr. intímase a la demandada Municipalidad de San Antonio Oeste para que dentro del plazo de 5 días presente ante este Juzgado toda la documentación solicitado por la parte actora a fs. 12 y 32 con relación a la presente acción, bajo apercibimiento de lo dispuesto en la citada norma legal. Notifíquese.-

INFORMATIVA: A la AFIP-DGI, Delegación Viedma para que informe si por el nombre de Armando Raúl Aguinaga, DNI nº 26.334.818, existe inscripción al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, detallando categoría y actividad. Ofíciese.-

PERICIA CONTABLE: A los fines de designar el perito contador que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 18 de noviembre de 2011 a las 10,00 horas. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-

Tiénese presente el desinterés de la demandada en la pericia (fs. 35).-

PRUEBA DEMANDADA (Municipalidad de San Antonio Oeste):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: 1) A la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de San Antonio Oeste a los fines que remitan órdenes de pagos, facturas y recibos de pagos a nombre del sr. Armando Raúl Aguinaga, CUIT 20-26334818-5. 2) A la AFIP-DGI a fin de que informe si el sr. Armando Raúl Aguinaga, CUIT 20-26334818-5 se encuentra inscripto al Régimen Simplificado del Monotributo, en su caso informe categoría y si el mismo se encuentra activo en la actualidad. 3) A la Dirección General de Rentas de Río Negro a los fines que informe montos de las declaraciones juradas presentadas por el sr. Armando Raúl Aguinaga (Ing. Br. 4526315/9) desde el inicio de actividades a la fecha. Ofíciese.-

CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).-

Hágase saber que una vez producida la prueba ordenada precedentemente se fijará la audiencia a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr. con relación a los testigos ofrecidos por la parte actora: sres. Victor Adolfo Molina, Susana Isabel Osorio, Yonatan Andres Rolando, Marcelo Héctor Morales, Marcos Antonio Huaiquilican y César Osvaldo Molina y por la parte demandada: sres. Jorge Luis Baraschi y Tomás Gabriel Soria.-

Rosana Calvetti

Juez

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