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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33429IV
Fecha: 2011-10-28
Carátula: BRUNO Jose Maria S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: a CEDULAS
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
Dr. German Martin
Villegas 1188 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BRUNO Jose Maria S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS” (Expte. N* 33429IV), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 24 de Octubre de 2.011.-VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “BRUNO Jose Maria S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS ” (EXPTE. N*33429IV ).- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.- Regulo los honorarios del Dr. Germán Dario MARTIN, en $ 200.- (MB: $ 7.500.-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).- Cúmplase con la Ley 869. NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 28 de octubre de 2011.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
(3)
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
Villegas 973 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "BRUNO Jose Maria S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS” (Expte. N* 33429IV), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en San Luis 853, piso 2 de la Ciudad Judicial de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “General Roca, 24 de Octubre de 2.011.-VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados: “BRUNO Jose Maria S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS ” (EXPTE. N*33429IV ).- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, RESUELVO: declarar la caducidad de la instancia. Costas a la actora.- Regulo los honorarios del Dr. Germán Dario MARTIN, en $ 200.- (MB: $ 7.500.-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 7, 8 y 21 ley 2212 RN).- Cúmplase con la Ley 869. NOTIFIQUESE Y REGISTRESE.- Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 28 de octubre de 2011.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro