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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0260/2010
Fecha: 2011-10-27
Carátula: FIMPEL GUSTAVO ENRIQUE C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: audiencia art. 368 del C.Pr.
EXPTE. Nº 0260/2010.-
CARATULA: FIMPEL GUSTAVO ENRIQUE C/ BANCO SANTANDER RIO S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, octubre de 2.011.-
Atento a lo peticionado en el cuaderno de prueba de la parte actora, el estado de autos y a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 16 de FEBRERO de 2.012 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a absolver posiciones al actor Sr. Gustavo Enrique Fimpel y el representante legal del Banco Santander Río SA y a prestar declaración testimonial por la parte actora: Sres. Adalberto Fabián Cámara quien asimismo deberá reconocer la documental obrante a fs. 2/124, Juan Scigliano quien asimismo deberá reconocer la documental de fs. 255/258), José Claudio Isaac, María Javiera Del Valle, Samantha Heindl, Cecilia Leiva y María Esther Chicco, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 01 de marzo de 2.012 a las 11.30 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.-
Con respecto a la solicitud de declaración testimonial del sr. Bancora, surgiendo de las constancias de la causa que su domicilio ha sido denunciado a fs. 424 excediendo el plazo que fuera concedido a fs. 414 vta. y no habiéndose acompañado el correspondiente interrogatorio, de conformidad con lo previsto en el art. 453 del C.Pr. tiénese a la parte actora por desistido de dicho medio probatorio.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro