Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 25218/11

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-24

Carátula: ALMUNA, GLADYS ALEJANDRA Y MILLER, HORACIO RAUL S/ ACCION DE AMPARO (ART. 43 C. PCIAL)

Descripción: Sentencia honorarios

///MA, 24 de octubre de 2011.-

VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “ALMUNA, GLADYS ALEJANDRA Y MILLER, HORACIO RAUL S/ ACCION DE AMPARO" (Expte. N°25218/11-STJ-), puestas a despacho para resolver, y- - - - - - CONSIDERANDO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----A fs. 1487 el doctor Ariel A. Gallinger solicita se regulen sus honorarios profesionales, con expresa mención de la parte obligada a soportar los mismos.- - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Que a fs.09/16, patrocinando a Gladys A.Almuna y Horacio R.Miller inicia una acción de amparo contra el Ministerio de Educación, el Ministerio de la Familia, el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidades, el Consejo Provincial de la Niñez y Adolecencia de la Provincia de Río Negro, el Colegio Paulo VI y el Obispado de Viedma, con el fin de obtener la construcción de un ascensor que posibilite la circulación de su hijo y otros alumnos que concurren con problemas de discapacidad al edificio escolar del Colegio Pablo VI de esta ciudad.- - - - - -----Que a fs.66/67, en fecha 31.05.11 se celebró una audiencia de conciliación en los términos del art.36 inc.2 ap.a) del Cód.Proc.Civ. y Com., en la que se "... resuelve: 1) tener presente lo acordado por las partes; 2) establecer un plazo de 30 días para que la Coordinadora (CONIAR) presente en autos el proyecto definitivo".- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----A fs.117, en fecha 12.08.11, se tiene por acordado el proyecto presentado a fs. 99/100 por la Cra. Adriana E. Gutierrez, oportunamente consensuado en el acta de fs. 96/98 por los requeridos en autos y disponiéndose el inmediato inicio de las trámites necesarios para la ejecución de la obra.- - - - - - -----A fs.140, en fecha 15.09.11 se adjunta copia del Decreto Nº 1330/11 suscripto por el señor Gobernador por el cual otorga un aporte no reintegrable a favor del Ovispado de Viedma destinado a solventar el pago de la obra de colocación de un ascensor en el establecimiento educativo. Seguidamente a fs.143 se acompaña recibo de pago, suscripto por la representante legal del Colegio.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----Con lo cual se tiene por acreditado que se ha dado cumplimiento con el acuerdo celebrado en la audiencia de fecha 31.05.11.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

-----Atento el principio previsto por el art.73 del Cód.Proc.Civ.y Com. y habiendo devenido la cuestión requerida en autos en una transacción o conciliación, las costas serán en impuestas en el orden causado.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

-----Ello así, corresponde fijar la retribución del profesional peticionante doctor Ariel A. Gallinger, por su actuación en esta acción, teniendo en cuenta la amplitud, calidad y eficacia de la labor desarrollada a la luz de lo dispuesto por los arts.6,7,8 y 37 de la Ley de Aranceles G 2212, en la suma de Pesos UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($ 1.940), equivalente a DIEZ (10) Jus.- - - -----Por ello:

EL SEÑOR JUEZ

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

DOCTOR VICTOR HUGO SODERO NIEVAS

R E S U E L V E:

Primero: Regular los honorarios profesionales del doctor Ariel A. Gallinger en la suma de Pesos UN MIL NOVECIENTOS CUARENTA ($ 1.940). (10 Jus, arts.6,7,8 y 37, Ley de Aranceles G 2212) e impónganse las costas de la presente causa en el orden causado (art.73 Cód.Proc.Civ. y Com.). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con los aportes previstos por la Ley D Nº 869.- - - - - Segundo: Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.- - -

Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ANTE MI: EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

PROTOCOLIZACION: TOMO III SENT. NRO. 113 FOLIO 826/827 SEC.NRO. 4

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