Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0588/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-24

Carátula: VARELLI JESSICA MARCIA Y OTRO C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Descripción: PROVEE PRUEBA - AUD. 368 C.Pr. OPORTUNAMENTE

EXPTE. Nº 0588/2011

AUTOS: VARELLI JESSICA MARCIA Y OTRO C/ SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Viedma, octubre de 2.011.-

Atento al estado de autos, el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 94, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA (VARELLI - ISAAC)

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda para que informe sobre qué Plan Habitacional en esta ciudad de Viedma, tenía a la accionada, registrada como Entidad Intermedia ante el IPPV, en el año 2006. Para ser más específico, si existía el Plan Habitacional 15 Viviendas al momento en que se confeccionó el convenio. Y qué Resolución del IPPV avaló dicho Plan Habitacional en caso de haber existido. Asimismo, informe si el Sindicato de Trabajadores Viales ha gestionado algún tipo de crédito ante él, para la construcción de viviendas unifamiliares correspondientes al "Plan Habitacional 15 Viviendas"; y 2) Inmobiliarias Capponi y Alfa: para que informen el valor actual de un terreno de 10 mts x 30 mts con los servicios esenciales en las parcelas 02 y 03A Manzana 200A de la ciudad de Viedma.-

Tiénese presente la pericia valuativa solicitada para su oportunidad si correspondiere.-

CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).-

PRUEBA DEMANDADA (SINDICATO DE TRABAJADORES VIALES PROVINCIALES DE RIO NEGRO):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: Líbrense oficios a: 1) Al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda para que informe los requisitos para ser adjudicatario en un plan de viviendas realizado por dicho organismo, forma de asignación y adjudicación y específicamente informe forma de aprobación de planes habitacionales realizado por dicho organismo y con fondos FONAVI o cualquier otro plan social de viviendas, como así planes de vivienda realizados en la ciudad de Viedma en los últimos cinco años. Asimismo, envíe las Resoluciones Nº 1140/00, 1535/08, 387/06 y toda otra legislación vinculada con la adjudicación de los planes de viviendas según normativa FONAVI - IPPV, y los requisitos necesarios para la firma de convenios con entidades intermedias. Informe que documentación es requerida y los requisitos que deben cumplirse para acceder a los planes de vivienda realizado por el FONAVI. 2) Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro para que envíe los convenios firmados por la Provincia de Río Negro dentro del marco del Programa Federal de Plurianual de Construcción de Viviendas, e informe cuales programas son financiados por la Provincia de Río Negro y cuales por la Nación dentro de planes FONAVI o cualquier otro programa de construcción de viviendas que se desarrolle en la Provincia. 3) Municipalidad de Viedma: para que informe si se solicitó por parte del Sindicato de Trabajadores Viales de Río Negro, autorizaciones para la construcción de viviendas sociales en la ciudad de Viedma.-

CONFESIONAL: Toda vez que la misma resulta superflua e innecesaria, a dicho medio probatorio no ha lugar (art. 364 -2º párrafo- C.Pr.).-

Hágase saber que una vez producida la prueba ordenada precedentemente se fijará la audiencia a los fines previstos en el art. 368 del C.Pr. con relación al testigo ofrecido por la parte demandada: sr. Ramón Alberto Campoy.-

Rosana Calvetti

Juez

En igual fecha se dio cumplimiento con lo ordenado precedentemente. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro