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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0833/2008
Fecha: 2011-10-19
Carátula: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO
Descripción: prueba pendiente-ordena oficio
EXPTE. N° 0833/2008
CARATULA: ALVAREZ REYNOLDS MATIAS MARCELO Y OTRO C/ ARAMBURU VIRGILIO NORBERTO Y OTRO S/ ORDINARIO
Viedma, octubre de 2011.-
Tiénese presente el desistimiento de la prueba pendiente de producción.-
Atento el estado y constancias de autos, y toda vez que no ha sido remitido el registro audiovisual de las declaraciones testimoniales receptadas en el Juzgado Civil, Comercial, Minería, Familia y Sucesiones nº 31 de Choele Choel (actas de fs. 392 y fs. 395), requiérase su remisión. Ofíciese.-
A lo peticionado, en este estado, no ha lugar toda vez que existe prueba pendiente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro