Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41322

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-19

Carátula: SANCHEZ Esteban S/ AMPARO (IPROSS)

Descripción: OFICIOS Cedulas oficio dilig. acta y providencia

General Roca, 19 de octubre de 2011.-

A la DELEGACION IPROSS

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 2216

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SANCHEZ Esteban S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. 41322) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs., sobre la cuestión planteada por la amparista respecto del paciente Esteban Sanchez afiliado nro. 1-1-1511298/0, además deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto:

1.- Si el paciente ESTEBAN SANCHEZ, Afiliado N° 1-1-1511298/0, es afiliado a dicha obra social, y en su caso si su cobertura esta vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo fue internado en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca.-

3.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo fue intervenido quirurgicamente de un CA por intercurrencia severa con Dc de gangrena.-

4.- Si su hija Sra. Angela Liliana Sanchez ha gestionado la cobertura total de los gastos que demande la internación y atención del enfermo.-

5.- Si los pacientes oncológicos e internados o sus familiares deben afrontar los gastos de material descartable, coseguros u otro concepto que requiera el sanatorio.-

6.- Si los pacientes oncologicos se encuentran alcanzados por la Res. 154/85 de IPROSS.-

7.- En su caso respuesta dada por la Obra Social ante el reclamo formulado.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 18 de Octubre de 2011 ... líbrese oficio ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

General Roca, 19 de octubre de 2011.-

Al Dr. KEUN PACK

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 2217

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SANCHEZ Esteban S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. 41322) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs :

1.- Si atiende al paciente ESTEBAN SANCHEZ, Afiliado N° 1-1-1511298/0, y en su caso diagnóstico y tratamiento.-

2.- Motivos por los cuales se internado en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca.-

3.- Situación del paciente luego de la intervención quirúrgica a la cual fue sometido.-

4.- Cual es el alcance de la cobertura de la obra social IPROSS respecto de este paciente.-

5.- Si los pacientes oncológicos e internados o sus familiares deben afrontar los gastos de material descartable, coseguros u otro concepto que requiera el sanatorio.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 18 de Octubre de 2011 ... líbrese oficio... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

General Roca, 19 de octubre de 2011.-

Al Sanatorio JUAN XXIII

GENERAL ROCA

Oficio Nro. 2218

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SANCHEZ Esteban S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. 41322) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853 2º piso de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que INFORME en el término de 48 hs :

1.- Si en dicha institucion se encuentra internado el Sr. Esteban Sanchez, en su caso diagnostico, tratamiento y médico tratante.-

2.- Si el mismo fue intervenido quirurgicamente por el Dr. Pack.-

3.- Si el mismo se encuentra cubierto por la Obra Social IPROSS.-

4.- Alcances de dicha cobertura desde lo económico.-

5.- Si se le ha requerido a la Sra. Angela Liliana Sanchez que abone material descartable, coseguros u otras sumas para continuar con la atención del paciente.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 18 de Octubre de 2011 ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. FISCAL DE ESTADO de RIO NEGRO

ALVARO BARROS 328

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SANCHEZ Esteban S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. N* 41322) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 18 de Octubre de 2011.- ... Notifiquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *****************

Se adjunta copia del acta de fs. 5.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 19 de Octubre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

DIRECCION DE FISCAL DE ESTADO: 25 DE MAYO 565-1º PISO

CEDULA DE NOTIFICACION DIRECTA

Sr. GOBERNADOR de la PCIA. RIO NEGRO

LAPRIDA 212

VIEDMA (Rio Negro)

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "SANCHEZ Esteban S/ AMPARO (IPROSS)" (Expte. N* 41322) que tramitan por ante este Juzgado Civil Nro. III a cargo de la Dra. Susana T. Burgos, Secretaria UNICA a mi cargo, sito en San Luis 853 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a los fines de notificarle lo siguiente: "//neral Roca, 18 de Octubre de 2011.- ... Notifiquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta...Fdo. Dra. Susana Teresa Burgos- Juez".-

La presente diligencia se encuentra exenta del pago de impuesto atento la naturaleza del trámite.- *****************

Se adjunta copia del acta de fs. 5.-

Queda Ud. debidamente notificado.

Gral. Roca, 19 de Octubre de 2011.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria oficio diligenciado En la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, siendo las 11,00 hs del dia 18 de octubre de 2011, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. ANGELA LILIANA SANCHEZ, D.N.I. N° 13.175.326, que exhibe en el acto, argentina, soltera, empleada, con domicilio real en San Martin 5202 de Gomez, quien manifiesta que viene a presentar recurso de amparo a favor de su padre Sr. Esteban Sanchez, y contra IPROSS, en razón que el día 16 de octubre de 2011, fue intervenido quirurgicamente de CA, en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca, por el Dr. Keun Park, y que por ello se encuentra internado en terapia intensiva de dicho nosocomio, que si bien la obra social cubre los gastos de internación, y atención médica profesional, le estan requiriendo el pago de material descartable, que ya abonó la suma de $ 500.- y que por su situación económica no puede completar los pagos que le estan requiriendo, casi $ 1.000.- cada tres días.- Que la obra social se debe hacer cargo de todos los gastos en función que se trata de un paciente oncológico y que se encuentra internado.- Que tambien le estan cobrando las sumas de $ 8.- y $ 25 diariamente por un coseguro, que eso lo pague, y de eso no te dan recibo.- Que concurrió a la Delegación IPROSS de General Roca, y le dijeron que no pueden hacer nada, que presente un recurso de amparo.- Que de no hacerse cargo la Obra Social de todos los gastos que demande la atención médica de su padre, corre serios riesgos la salud.- En razón de ello peticiona a mérito de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial se ordene a IPROSS a fin de que asuma de manera total los gastos que demande la atención de su padre, de manera inmediata pues no puede solventar mas los gastos que la clinica pretende percibir.- Acompaña documentación que avala sus dichos.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firma la compareciente por ante mi de lo que doy fe.-

General Roca, 18 de octubre de 2011.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada.-

Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-

En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, requiérase a IPROSS, un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS ( 48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-

En consecuencia líbrese oficio con adjunción de copia del acta.-

Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias del acta.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-

IPROSS ademas del amplio informe requerido debera responder a los siguientes requerimientos en concreto.

1.- Si el paciente ESTEBAN SANCHEZ, Afiliado N° 1-1-1511298/0, es afiliado a dicha obra social, y en su caso si su cobertura esta vigente.-

2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo fue internado en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca.-

3.- Si hay antecedentes en dicha obra social que el mismo fue intervenido quirurgicamente de un CA por intercurrencia severa con Dc de gangrena.-

4.- Si su hija Sra. Angela Liliana Sanchez ha gestionado la cobertura total de los gastos que demande la internación y atención del enfermo.-

5.- Si los pacientes oncológicos e internados o sus familiares deben afrontar los gastos de material descartable, coseguros u otro concepto que requiera el sanatorio.-

6.- Si los pacientes oncologicos se encuentran alcanzados por la Res. 154/85 de IPROSS.-

7.- En su caso respuesta dada por la Obra Social ante el reclamo formulado.-

Asimismo librese oficio al Dr. Keun Pack a fin de que informe:

1.- Si atiende al paciente ESTEBAN SANCHEZ, Afiliado N° 1-1-1511298/0, y en su caso diagnóstico y tratamiento.-

2.- Motivos por los cuales se internado en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca.-

3.- Situación del paciente luego de la intervención quirúrgica a la cual fue sometido.-

4.- Cual es el alcance de la cobertura de la obra social IPROSS respecto de este paciente.-

5.- Si los pacientes oncológicos e internados o sus familiares deben afrontar los gastos de material descartable, coseguros u otro concepto que requiera el sanatorio.-

Asimismo líbrese oficio al Sanatorio Juan XXIII dee General Roca, a fin de que informe:

1.- Si en dicha institucion se encuentra internado el Sr. Esteban Sanchez, en su caso diagnostico, tratamiento y médico tratante.-

2.- Si el mismo fue intervenido quirurgicamente por el Dr. Pack.-

3.- Si el mismo se encuentra cubierto por la Obra Social IPROSS.-

4.- Alcances de dicha cobertura desde lo económico.-

5.- Si se le ha requerido a la Sra. Angela Liliana Sanchez que abone material descartable, coseguros u otras sumas para continuar con la atención del paciente.-

El oficio deberá ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro