Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38501

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-17

Carátula: MIGUEL SELA Gerardo S/ PROCESO SUCESORIO (Ex. 172-16-08)

Descripción: sin efecto cheque

General Roca, 17 de octubre de 2011.-

Surgiendo de los informes bancarios de fs. 595/6 que no existe fondos suficientes para el pago del cheque ordenado a fs. 580 en concepto de IVA y a favor de la Dra. Graciela M. Tempone, déjese sin efecto el mismo y glósese en el expte.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

NOTA: De haberse glosado el cheque 38608 a fs. 597. CONSTE.-

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Poder Judicial de Río Negro