include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40635
Fecha: 2011-10-17
Carátula: GUARINO Prospero y STRICK Lidia S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: Por oblados impuestos y previo-REGULA
//neral Roca, 17 de OCTUBRE de 2011.=
Téngase presente la conformidad de Rentas y por oblados el impusto de justicia, sellados y contribuciones en los presentes.
Regulo, por las tres etapas los honorarios profesionales del Dr. Sebastian O. Rey en la suma de $ 11.500.- a cargo de los herederos.- (M.B. $ 71.952,34.- fs. 44- arts. 6, 7, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)
El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20, págs. 51/2.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Previo a la inscripción, acompáñese libre deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro