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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 25124/11
Fecha: 2011-10-13
Carátula: PIESCO, MABEL Y OTRO C/ I.P.P.V. S/ AMPARO S/ APELACION
Descripción: Medida p/Mejor Proveer
Expte.N°25124/11-STJ-
SEÑOR PRESIDENTE:
Previo a emitir mi voto, solicito se interrumpan los plazos para fallar y como medida para mejor proveer, se requiera informe al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de la Provincia de Río Negro respecto de las circunstancias que motivaran el acto de desadjudicación de la Unidad habitacional en la calle Fagnano 784 Edifico E 2 Piso 1º Dpto."E" de S.C.de Bariloche, cuya tenencia precaria correspondía a Mabel Beatríz Piesco y Fernando Saravia Huerta, acompañando las actuaciones y constancias que sirvieran como antecedentes del acto que lleva Nº 623/10 de registración de ese Organismo, como todo otro que se referencie en la titularidad de la tenencia precaria y eventual derecho de dominio respecto de esa unidad habitacional.- Se notifique al señor Gobernador y al Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro a los fines de su intervención den autos.-
Vocalía, 11 de octubre de 2011.-
Fdo.: VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
///MA, 13 de octubre de 2011.-
Acorde lo solicitado por el señor Juez de Primer voto, interrúmpanse de plazos para fallar y como medida para mejor proveer, requierase al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de la Provincia de Río Negro informe en el plazo de cinco (5) días respecto de las circunstancias que motivaran el acto de desadjudicación de la Unidad habitacional en la calle Fagnano 784 Edifico E 2 Piso 1º Dpto."E" de S.C.de Bariloche, cuya tenencia precaria correspondía a Mabel Beatríz Piesco y Fernando Saravia Huerta, acompañando las actuaciones y constancias que sirvieran como antecedentes del acto que lleva Nº 623/10 de registración de ese Organismo, como todo otro que se referencie en la titularidad de la tenencia precaria y eventual derecho de dominio respecto de esa unidad habitacional.- Se notifique al señor Gobernador y al Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro a los fines de su intervención en autos.-
Notifíquese por cédula con entrega de copias de la demanda y del escrito de expresión de agravios.-
Fdo.:ALBERTO I.BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro