Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0553/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-12

Carátula: MUSSE PABLO GUSTAVO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - ORDINARIOS- AUTOS PARA ALEGAR - se notifica por nota

EXPTE. Nº 0553/2010.-

CARATULA: MUSSE PABLO GUSTAVO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-

C E R T I F I C O : Que conforme lo ordenado a fs. 140 a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA:

PERICIA CONTABLE: Informe pericial a fs. 103/128, observaciones de la demandada a fs. 131/133, contestación del perito a fs. 136/137.-

PRUEBA DEMANDADA:

PERICIA CONTABLE: Informe pericial a fs. 103/128, observaciones de la demandada a fs. 131/133, contestación del perito a fs. 136/137.-

PRUEBA TERCERO CITADO (Estado Nacional):

INFORMATIVA: Se declaró la negligencia a fs. 140.-

SECRETARIA, octubre de 2.011.-

E Z

Viedma, octubre de 2.011.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del CPCC.-

E Z

Rosana Calvetti

Juez

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