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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0268/2005
Fecha: 2006-02-14
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ NAVARRO SUSANA ALICIA S/ EJECUTIVO
Descripción: OFICIO AL BANCO
EXPTE. Nº : 0268/2005.-
CARATULA: CREDIL S.R.L. C/ NAVARRO SUSANA ALICIA S/ EJECUTIVO.-
Viedma, febrero de 2006.-
I.- Por presentado, parte y constituído el domicilio.-
III.- Tiénese presente la conformidad manifestada por la Caja Forense con la fianza ofrecida a fs. 24 vta..-
III.- Atento lo peticionado y el estado de autos, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 160 por honorarios y la de $ 724,64 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
Asimismo, hágase saber al banco la radicación de la presente causa en este Juzgado.-
IV.- Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
a.p.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro