Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40886

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-07

Carátula: NUÑEZ Fermin Celestino S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: regulación por todas las etapas

General Roca, 07 de octubre de 2011.s-.-

Agréguense los informes acompañados y regulo por las tres etapas los honorarios profesionales de la Dra. Leonor Fabiola Saez en la suma de $ 4.660.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 2.330.- a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. $ 62.137 -fs. 45- .- arts. 6, 8, 25 y 44 L.A. 2212.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).

Notifíquese y Cúmplase con la ley 869.-

Fecho, líbrese oficio al R.P.I. a fin de inscribir el bien D.C. 05-1-D-810-22.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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