Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0553/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-06

Carátula: MUSSE PABLO GUSTAVO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: DECLARA NEG. DE UNA PRUEBA -ART.384 CPCC- Juez ordena certificar prueba

EXPTE. Nº 0553/2010.-

CARATULA "MUSSE PABLO GUSTAVO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO"

Viedma, octubre de 2011.-

Atento lo peticionado, no habiendo instado la contraria la producción de la prueba informativa y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 90 de los autos principales, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha.-

Tiénese presente lo demás manifestado.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Rosana Calvetti

Juez

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