Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0722/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-06

Carátula: COLOMBO ALBERTO JUAN S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Descripción: CUESTION DE PURO DERECHO - ART. 359 ORDINARIO Y SUMARISIMO NUEVO

EXPTE. Nº 0722/2011

CARATULA: COLOMBO ALBERTO JUAN S/ INTERDICTO DE RECOBRAR (Sumarísimo)

Viedma, octubre de 2011.-

Atento el estado de autos, lo peticionado y de conformidad con lo previsto por el art. 359 del C. Pr., declárase la cuestión de puro derecho y pónganse las actuaciones en Secretaría por el término de 5 días comunes. Notifíquese.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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