Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0695/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2011-10-05

Carátula: AGUIAR CAMILO C/ LANGHI FRANCISCO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: RESERVA EXPTE PENAL - PERITO MEDICO DEBE ACEPTAR EL CARGO

EXPTE Nº 0695/2010

CARATULA: AGUIAR CAMILO C/ LANGHI FRANCISCO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, octubre de 2011.-

Proveyendo a fs. 260:

Por recibido el expediente Nº 42042/08 del Juzgado Penal Nº 2. Resérvese en Secretaría bajo el registro A-22/2011.-

Proveyendo a fs. 261:

Agréguese.-

Proveyendo a fs. 262:

Atento que el compareciente no ha aceptado el cargo por ante la Actuaria, conforme lo dispuesto a fs. 120 vlta. a lo solicitado no ha lugar.-

A los fines de un mejor ordenamiento procesal, fórmese segundo cuerpo a partir de la foja 257.-

s. b. s.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro