include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39069
Fecha: 2011-10-05
Carátula: FERNANDEZ Juan S/ PROCESO SUCESORIO (Ex. 745-05- J. 11)
Descripción: Regula
//neral Roca, 05 de OCTUBRE de 2.011.=
Agréguese.
Regulo, por la tercera etapa los honorarios profesionales del Dr. Rubenz Hiza Vila en la suma de $ 500.- a cargo de los herederos y por la suma de $ 250.- a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 19.754,20.- arts. 6, 6 bis 7, 25 y 44 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro